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Elecciones Legislativas 2025 | ¿Puedo votar?

HAY TIEMPO HASTA EL 19 DE ABRIL PARA ACTUALIZAR LA DIRECCIÓN EN EL DNI. Para poder votar en las Elecciones Legislativas del 26 de octubre de 2025, los ciudadanos argentinos deben tener su DNI actualizado con domicilio en la jurisdicción del Consulado (Hesse, Baviera, Baden-W). 

Recuerde que  no hay obligatoriedad de votar para personas domiciliadas en el exterior.


Elecciones Legislativas 2025

¿CUÁNDO? Las elecciones legislativas tendrán lugar el domingo 26 de octubre de 2025.

¿DÓNDE VOTO? Número de mesa a confirmar de las que tendremos en la sede del Consulado General.

¿A QUÉ HORA? Entre las 8:00 am y las 6:00 pm (hora local)

¿QUÉ SE VOTA? Solo se votan cargos nacionales

Solo se puede participar desde el  exterior en elecciones nacionales, sean estas presidenciales o legislativas. Podrás elegir los cargos nacionales que correspondan a la provincia de tu último domicilio. Si las elecciones provinciales tienen lugar en fechas diferentes a las fechas de elecciones nacionales, no está previsto que las personas puedan votar.

¿ES OBLIGATORIO VOTAR? No hay obligatoriedad de votar para personas domiciliadas en el exterior. En dicho caso, desde los 16 años en adelante el voto es facultativo.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA VOTAR?: Estar empadronado y traer último DNI vigente con domicilio en nuestra Jurisdicción (Estados de HESSE, BAVIERA O BADEN WÜRTTEMBERG).

¿CÓMO ME EMPADRONO? No es necesario realizar un trámite específico para empadronarse en los Consulados, o algún tipo de inscripción previa.  Debés tramitar tu cambio de domicilio a un domicilio en HESSE, BAVIERA O BADEN WÜRTTEMBERG. Si no hiciste el cambio de domicilio a tiempo (HASTA EL 19 DE ABRIL DE 2025), no te encontrarás en el padrón y, de ser así, no podrás votar.

¿QUIÉN PUEDE VOTAR EN EL CONSULADO? Solo personas empadronadas en el Consulado Argentino en Frankfurt.

En abril se revisan los padrones y se abren para revisión con las novedades de cambios de domicilio, entre otras, de acuerdo al Código Electoral. Las oficinas consulares informamos por las vías disponibles sobre la apertura de los padrones, momento en que se hará lugar a reclamos por errores. Debés estar atento si hiciste cambio de domicilio recientemente pues pueden ocurrir omisiones. También podés seguir a la Cámara Nacional Electoral www.padron.gov.ar .

¿QUÉ NECESITO PARA VOTAR? En primer lugar, deberá confirmar que se encuentra en el Padrón de la jurisdicción del Consulado. Si se encuentra en el padrón, debe presentarse (personalmente) en el local de votación entre las 8 am y las 6 pm, del día de la votación con su DNI, sin excepción. El DNI virtual no es válido para VOTAR. No se aceptan ejemplares de DNI anteriores al que figura en su padrón (A, B, C), ni cualquier otra variante. No se acepta el pasaporte en lugar del DNI.

¿CÓMO HAGO EL CAMBIO DE DOMICILIO? Por favor consulte aquí para la información correspondiente.

¿CÓMO JUSTIFICAR QUE NO VOTO POR ENCONTRARME EN EL EXTERIOR? Si tenés obligación de votar por tener domicilio en Argentina y te encontrás fuera de la circunscripción, debés justificar que no votás ingresando a un link que se habilitará al efecto (http://infractores.padron.gov.ar) para cargar las constancias respectivas.  Tenés 60 días para justificar. La justificación se hace una vez para cada elección, una vez concluida la elección. 

La información oficial sobre las elecciones estará disponible a medida que se acerque la fecha en https://www.electoral.gob.ar/nuevo/paginas/btn/elecc2025.php

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VOTO POR CORREO

El 18 de octubre de 2024 fue publicada en el Boletín Oficial la ley 27.781 mediante la cual se aprobaron reformas al Código Electoral Nacional. El objetivo principal de la ley consistió en establecer la utilización de la Boleta Única Papel para el sufragio en las elecciones nacionales.

En lo concerniente a la celebración de los comicios en las Representaciones Diplomáticas y Consulares, la nueva normativa incorporó un artículo a la ley 24.007 por el cual se reimplanta la posibilidad de que los electores ejerzan su derecho al voto por vía postal.

Así, de acuerdo con el nuevo art. 5 bis de la ley 24.007: La emisión del sufragio en el exterior se realizará utilizando la Boleta Unica establecida en el Código Electoral Nacional, las que serán idénticas para todos los países. Los electores en el exterior podrán ejercer su derecho al sufragio optando libremente por el voto presencial en sedes consulares o mediante el voto por correo postal. La Cámara Nacional Electoral será responsable de la implementación de ambas opciones.

Con la finalidad de reglamentar dicho precepto legal, el 1ro de abril de 2025 fue publicado el Decreto 239/2025 por el cual se aprueba una nueva reglamentación para el voto de ciudadanos argentinos residentes en el exterior. El nuevo Reglamento resulta aplicable para ambas modalidades del voto en el exterior: presencial y postal.

Con la reinstauración del voto postal, se otorga a los ciudadanos el derecho a elegir de qué manera desean votar. La inscripción de los electores en dicho padrón especial se realizará a través de un registro digital administrado por la Cámara Nacional Electoral, el cual estará disponible entre los 150 y los 120 días corridos previos a la fecha de la elección (arts. 11 y 12).  Así, quienes no se inscriban en dicho registro, permanecerán en el padrón general para voto presencial.

Los elementos de sufragio serán ser remitidos a los electores registrados en el padrón de voto postal al menos 20 días antes de la fecha de celebración de las elecciones generales
Los electores deberán enviar su voto por correo (o bien concurrir a depositarlo personalmente a la Representación), contando con plazo para ello hasta el último día hábil previo a la jornada electoral.

Por favor consulte esta página regularmente para enterarse sobre las últimas novedades.

 

Fecha de Publicación : 03/04/2025