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Generalidades

Nacionalidad por Opción

Si sos hija/o de padre o madre argentino/a nativo/a y naciste en el exterior, podés optar por la nacionalidad argentina.

El trámite se realiza:

  • ante el consulado argentino correspondiente a tu jurisdicción (si estás en el exterior)
  • o bien ante el RENAPER (Registro Nacional de las Personas)
  • o registros civiles (si estás en el país).

¿Quiénes tienen derecho a la nacionalidad argentina “por opción”?

Tienen derecho a optar por la nacionalidad argentina los hijos de padre o madre argentinos -sean estos nativos o por opción- que hubiesen nacido en el exterior, cualquiera sea su edad, aun cuando el padre o madre argentino hubiese fallecido (en esta situación también deberá presentarse junto con la partida de nacimiento, la partida de defunción).

Con este trámite se obtiene un Documento Nacional de Identidad. Desde la fecha de toma del trámite, el RENAPER (organismo que emite los documentos) tiene una demora aproximada de 30 (treinta) días a 90 (noventa) días HÁBILES en el envío de los documentos a este Consulado Gral. Una vez recibidos, se le comunicará al titular de los mismos vía correo electrónico.

La partida de nacimiento argentina definitiva llegará al Consulado una vez que el interesado esté inscrito en el Registro Civil Central de Buenos Aires, Oficina Extraña Jurisdicción y puede demorarse hasta cinco años.

En el caso de los menores de dieciocho (18) años, los padres podrán ejercer la opción por la nacionalidad argentina en nombre y representación de sus hijos. La legislación argentina establece que el padre y la madre comparten la responsabilidad parental, salvo decisión judicial en contrario, por lo tanto, la opción de nacionalidad debe ser ejercida conjuntamente por los padres aun cuando uno de ellos sea extranjero.

En el caso de que la responsabilidad parental o patria potestad (Sorgerecht) esté a cargo de sólo uno de los progenitores, deberá acompañarse la documentación judicial o notarial pertinente, en idioma castellano.

La opción por la nacionalidad argentina no requiere en ningún caso la renuncia a la nacionalidad extranjera de la persona.

IMPORTANTE: No existe un convenio de doble nacionalidad con la República Federal de Alemania. La eventual pérdida de nacionalidad del optante como consecuencia de la adquisición de su nacionalidad argentina no está sujeta al derecho argentino. Por ello, quienes posean otra nacionalidad deberán tener presente que es responsabilidad del optante y/o de sus padres interiorizarse ante las autoridades extranjeras correspondientes sobre los efectos que la opción por la nacionalidad argentina puede tener sobre otra nacionalidad que el optante tenga.

El Decreto 266/2000, ha establecido el arancelamiento del trámite de “Opción por la Nacionalidad Argentina”, de la siguiente manera:

1.- Registración de partida de nacimiento, por cada 25 renglones o fracción 40,00 unidades consulares.

2.- La confección de la opción de la nacionalidad argentina por cada 25 renglones o fracción 40,00 unidades consulares.

Por ende, la confección del trámite tiene un mínimo de costo de 120,00 euros.

La solicitud del respectivo Documento Nacional de Identidad mantiene su costo de 15,00 euros.

 

 

Fecha de actualización: 08/05/2024